Dossier

El indigenismo posrevolucionario mexicano y la cuestión de las tierras de los pueblos indígenas

Publicado 1994-11-01

El convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por México y la declaración de los derechos de los pueblos indígenas de la Organización de las Naciones Unidas, ha señalado la importancia de la tierra para los pueblos indígenas del mundo. A más de 80 años del inicio de la revolución mexicana, el problema de la tierra indígena no solamente no ha sido resuelta, sino que se ha insistido en dar una solución al problema en términos del ejido, una figura jurídica y social que nunca fue diseñada para las tierras de los pueblos indígenas. Existe, pues, una suerte de contradicción entre lo planteado por el convenio 169 y la legislación agraria vigente en el país. Esta contradicción no se ha resuelto ni mediante la adición del primer párrafo del artículo 4 ni mediante la modificación del artículo 27 de la Constitución Política.

Palabras clave

  • Agricultura,
  • Agroindustria,
  • Campesinos,
  • Colonialismo,
  • Ejido,
  • Indigenismo
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Cómo citar

Robins, W. (1994). El indigenismo posrevolucionario mexicano y la cuestión de las tierras de los pueblos indígenas. Nueva Antropología. Revista De Ciencias Sociales, 14(46). Recuperado a partir de https://nuevantropologia.org.mx/index.php/revista/article/view/IndigenismoPosrevolucionario_WayneRobins_vol_14_num_46_1994